El pehuajense Maximo Weis se quedó con la 1ra final en Toay de la F3Metropolitana. LRF - Inferiores - Amplio predominio de Peñarol en el Humberto Petrelli. El pringlense González en lo mas alto del Sport Prototipos. El TC presenta un cambio en los motores desde ToayGolf - Héctor Hirigoyen se adjudicó el Torneo de Peña Hierro 5 local.

ANUNCIO MUNICIPAL SOBRE NUEVAS ACTIVIDADES PERMITIDAS POR DECRETO PRESIDENCIAL

Abril 20, 2020

El D.E. municipal indica que presentará los protocolos laborales requeridos por decreto provincial para el funcionamiento de las mismas que son las siguientes:

1.) Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.-

2) Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3 ) Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4 ) Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico,
venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante
la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la
logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

5 .) Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades
crónicas, con sistema de turno previo.

6 ) . Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7.) Ópticas, con sistema de turno previo.

8 ) Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago
de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar
atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos
correspondientes.

9 ) Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

10 ) Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.

11.)Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.

 

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